La nueva Ordenanza de Zona de Bajas Emisiones de Barcelona entrará en funcionamiento a finales de enero y le explicamos algunas cuestiones que son de su interés para que los camiones sin etiqueta puedan circular por ella.
Todas las autorizaciones que caduquen el 31/12/2022 se alargarán de forma automática hasta el 28/02/2022.
(Compruebe que ya tenga renovada la fecha)
https://zberegistre.ambmobilitat.cat/ca/Login/Login
Desde el 1 de marzo ya no se darán más moratorias generales, por lo que durante el mes de febrero se tendrán que tramitar para utilizar el tipo de autorización que considere más adecuado para cada camión según las características del vehículo y del servicio que presta.
Autorizaciones que se pueden pedir para cumplir la nueva ordenanza:
1. AUTORIZACIONES DIARIAS:
https://zberegistre.ambmobilitat.cat/ca/AutorizacionesDiarias
2. VEHÍCULOS DE ACTIVIDADES SINGULARES: Si tiene un vehículo clasificado dentro de los grupos de utilización exentos que se relacionan la página web, lo único que debe hacer es registrar su vehículo y quedará autorizado. (El grupo de clasificación del vehículo se ve en la primera línea de la ficha técnica y son los dos últimos dígitos del código de 4 dígitos)
N1- Vehículo de transporte de MMA hasta 3500 KG. Incluido.
N2- Vehículo de transporte de MMA hasta 12000 KG. Incluido.
N3- Vehículo de transporte de MMA superior a 12000 KG.
https://zberegistre.ambmobilitat.cat/ca/VehiclesServeisSingulars
3. VEHÍCULOS QUE SE REEMPLACEN: Si ya tiene o hace un pedido para comprar un camión con etiqueta puede tener uno autorizado sin etiqueta hasta que le entreguen el nuevo. Debe registrar el vehículo viejo y demostrar el pedido. (Si ya está utilizando esta modalidad fíjese en la fecha por si necesita renovarla).
https://zberegistre.ambmobilitat.cat/ca/VehiculosReemplazados
4. ACTIVIDADES CON AUTORIZACIÓN MUNICIPAL: La actividad que utilizamos es la de OBRAS y se pueden acoger todos los vehículos con los siguientes grupos de clasificación.
11. CAMIÓN CAJA ABIERTA con grúa.
12. PORTACONTENEDORES
17. BASCULANTE
18. DUMPER
Las BAÑERAS deben marcarse como OTROS.
Los vehículos deben registrarse y se debe adjuntar un documento que demuestre la existencia de la obra. (Licencia de obras, Adjudicación, Documento de seguimiento,..............., albarán (sólo si no dispone de ningún otro documento)
Esta autorización se puede solicitar para hasta 30 días y antes de que caduque, debe renovarla. Estará autorizados a cualquier ZBE ( BCN, Sant Cugat, BDN, etc.)
https://zberegistre.ambmobilitat.cat/ca/ActividadesSingulares
5. TITULARES DE VEHÍCULO A LOS QUE LES FALTEN MENOS DE 5 AÑOS PARA JUBILARSE: Si en la fecha de aprobación de la Ordenanza al titular del vehículo le quedan como máximo 5 años de cotización para alcanzar la edad legal de jubilación, quedará autorizado hasta que se jubile.
Hará falta documento de vida laboral en el que indique la fecha teórica de jubilación que deberá ser antes de febrero de 2028.
Esta autorización se renovará todos los años.
Este link no existe todavía y se creará durante el mes de enero
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